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La contabilización del consumo individual de calefacción se aprobará en 2018

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Repartidor de coste en radiador de calefacciónFacebooktwittergoogle_pluslinkedinmail¿En qué momento se encuentra la normativa de contadores individuales de calefacción central?. En un principio, se preveía que a partir de enero de 2017 iban a tener que instalarse sistemas de medición individuales del consumo de calefacción en instalaciones térmicas (repartidores de costes de calefacción y/o contadores de energía) pero la transposición de la Directiva Europea de Eficiencia Energética 2012/27/UE, se traspuso parcialmente al ordenamiento jurídico español y la parte relativa a la contabilización de los consumos individuales de calefacción quedó pendiente de regulación.

La instalación de repartidores de costes afecta a las instalaciones de calefacción central con instalación en columna, en las que la distribución del agua caliente para calefacción se realiza de abajo hacia arriba por lo que en este caso, la forma de individualizar el consumo de calefacción se hace mediante la instalación de repartidores de costes en los radiadores. Como adelantábamos en “2018, un año con importantes novedades normativas”  se prevé que a lo largo de este año se apruebe el Real Decreto que regulará la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios, un tema que tanto asociaciones, instaladores, fabricantes y usuarios esperan que se regule cuanto antes, ya que es una medida que promueve el ahorro de energía y se entiende como más justo que cada persona pague por la calefacción, refrigeración y/o agua que consuma y no en base a coeficientes de consumo.

Por parte de las principales asociaciones del sector también se solicita que la norma incluya la obligatoriedad de junto a los repartidores, instalar válvulas termostáticas en los radiadores, ya que de esta manera es posible regular de forma individual cada estancia a la temperatura deseada . Tal y como recuerdan desde Agremia,  Asociación del Sector de las Instalaciones y la Energía,  respecto a este tema. “Se debe regular el derecho de los usuarios a elegir la temperatura de confort en cada estancia de sus viviendas”.

Antecedentes

Lo que si se reflejó en esa transposición de la Directiva Europea fue la obligación de instalar los sistemas de medición individual en edificios de nueva construcción y reforma de las instalaciones térmicas en los edificios existentes. Sin embargo, no se recogía nada al respecto sobre cómo actuar en instalaciones centrales de calefacción y para ello, había que remitirse al RITE, el Reglamento de las instalaciones Térmicas en los edificios, en el que se recogía una  Instrucción Técnica 1.2.4.4 (“Contabilización de consumos ) por la que “Toda instalación térmica que dé servicio a más de un usuario dispondrá de algún sistema que permita el reparto de los gastos correspondientes a cada servicio (calor, frío yagua caliente sanitaria) entre los diferentes usuarios … ”

Repartidor de costes y válvula termostática en radiador

El Real Decreto que regula la individualización  de consumos de calefacción se aprobará en 2018

Se prevé que este año se apruebe la contabilización de consumos individuales en forma de Real Decreto. Para ello, el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital abrió una consulta pública el pasado mes de enero, con la intención de recabar información sobre las necesidades y condiciones que deben de tenerse en cuenta a la hora de aprobar esta medida.

La consulta pública, cerrada este mes de enero, abordaba cuestiones sobre qué condiciones técnicas y geográficas se deben tener  en cuenta,  qué criterios económicos utilizar para cuantificar el coste y ahorro de la medida y en qué plazos debe hacerse efectiva la medida, con el principal objetivo de aprobar una norma que resulte eficaz y eficiente. La norma, en todo caso, incluirá las medidas regulatorias que aseguren la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios, así como la información sobre medición y facturación. 

El papel de las asociaciones del sector

En aras de elaborar un Real Decreto que cubra todas las necesidades del sector, las principales asociaciones del sector han aportado sus recomendaciones, ya que como representantes del sector son los que mejor saben qué consideraciones deben de estar sí o sí en la futura norma.

Conaif, Confederación Nacional de Asociaciones de Empresas de Fontanería, Gas, Calefacción, Climatización, Protección contra Incendios, Electricidad y Afines,  considera fundamental que el RD incluya que instalación de repartidores de costes de calefacción debe ser realizada siempre por  instaladores habilitados RITE, con carné en vigor de instalaciones térmicas (RITE),  ya que este tipo de instalaciones requieren operaciones y revisiones completas para asegurar un buen funcionamiento de la instalación.  Asimismo recomiendan que se permita la regulación de la temperatura mediante la instalación de válvulas termostáticas y lógicamente, piden que se establezcan plazos para implementar la norma en instalaciones de calefacción central de forma progresiva, que ellos consideran que podría ser un plazo de 3 años para poder conseguir una implantación del sistema,  tal y como comenta el presidente de Conaif, Esteban Blanco, “asumible y equilibrada”. La asociación también reclama un mayor control por parte de la Administración mediante la supervisión de los certificados de las instalaciones de este tipo, que deberían estar sellados y entregados en Industria como forma de tener legalizadas las instalaciones centralizadas.

CNI, Confederación Nacional de Instaladores y Mantenedores, también ha aportado su postura al respecto recomendando
además de la obligación de repartidores de costes,  la instalación de válvulas termostáticas con posibilidad
de ajuste de caudal (equilibrado) en todos los emisores, o quizás en los principales emisores (que cubran al menos el 75 % de la potencia emitida). Las válvulas deberían colocarse obligatoriamente en cada uno de los radiadores de las habitaciones principales, como sala de estar, comedor o dormitorios, y en otras en las que se pueda conseguir un ahorro de energía con su instalación. También recuerda es necesario realizar un correcto equilibrado de la instalación para garantizar el confort deseado por el vecino y disponer de un servicio de adquisición de datos. Otra de las premisas que el RD debe incluir según CNI es la capacitación profesional para que la instalación tanto de repartidores como válvulas termostáticas sea
realizada por empresas habilitadas y profesionales debidamente cualificados.

“La incorrecta instalación es la causa de la mayoría de los errores de medición”, recuerdan desde CNI. La instalación de los equipos de contabilización individual de consumos no es tan sencilla como colocar el aparato, sino que en la mayoría de los casos será preciso una revisión completa de la instalación del edificio o edificios. En teoría habría que ejecutar las modificaciones técnicas necesarias y las adaptaciones individuales del circuito entero de la instalación del edificio, bombas, sala de calderas etc. y posteriormente adaptar la memoria técnica y realizar un proyecto que deberá presentarse en Dirección General de Industria. Lamentablemente esto no se realiza en muchos casos y una cantidad importante de instalaciones no están registradas, por lo que CNI recomienda que se regule para garantizar un preciso cálculo de la transferencia de calor del radiador hacia el repartidor, obtener el rendimiento térmico del radiador y asegurar un reparto justo en base a consumos reales y medidos en de cada radiador de la vivienda.

Agremia, Asociación del Sector de las Instalaciones y la Energía, propone un periodo transitorio a través del cual la obligación de adaptación de las instalaciones comunitarias se desarrolle a lo largo de un periodo de 4 años a partir de la entrada en vigor del Real Decreto para evitar problemas de imposibilidad de atender la demanda, y, como consecuencia, un aumento de los precios y un incremento de la inseguridad jurídica.

Desde la asociación Agremia proponen planificar e implementar la medida de manera racional  basándose en el número de viviendas del inmueble alimentadas por una misma central térmica y proponen un periodo de adaptación de 4 años. Durante el primer año, los repartidores de costes de calefacción serían obligatorios para edificios de más de 120 viviendas, en el segundo año tendrían que adaptarse los edificios que tuvieran entre 70 y 120 pisos; el tercer año involucraría a los bloques con más de 40 y menos de 70 pisos; y, finalmente, los edificios con menos de 40 viviendas completarían las fases para contar obligatoriamente con contadores.

La realidad,…muchas instalaciones de calefacción central aún por adaptar

Por ahora,  más de 180.000 las viviendas se han adaptado a la futura normativa y han individualizado el consumo de calefacción mediante repartidores de costes en radiadores, lo que tan sólo representa el 1,5% del total, por lo que a partir de que se apruebe la norma y en base a los criterios que se fijen habrá que ir individualizando los consumos de calefacción en instalaciones de calefacción central.